Un exsecretario de Educación, un Comisario de Familia y una exsubsecretaria adscrita a la Secretaría de Vivienda, son los tres funcionarios que fueron sancionados en Primera Instancia por la Personería Distrital de Santiago de Cali.
Cabe destacar que contra estas tres (3) decisiones de Primera Instancia, procedieron los recursos de apelación, los cuales fueron presentados y sustentados en cada una de las audiencias que se llevaron a cabo.
El Ente de Control sancionó en Primera Instancia al exsecretario de Educación, Licenciado Rubén Darío Cárdenas con cuatro (4) meses de suspensión, calificando su falta como grave a título de culpa gravísima, estableciendo que el disciplinado no remitió los expedientes respectivos con copia del acto administrativo, de los contratos originados en la Urgencia Manifiesta a la Contraloría General de Santiago de Cali, para el ejercicio del control fiscal pertinente, dentro del término establecido, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 43 de la Ley 80 de 1993 que establece el control de la contratación de urgencia.
Ésta se declaró para garantizar el suministro de complementos alimentarios de los niños y niñas de las instituciones educativas beneficiarias del programa de alimentación Escolar – PAE en Santiago de Cali.
La Personería Distrital determinó en el fallo, que el exsecretario tenía el deber legal de remitir el acto administrativo que declaró la Urgencia Manifiesta junto con los contratos originados en la misma, atendiendo las directrices dadas por el señor Alcalde de Santiago de Cali, conforme lo estipula el Decreto No. 4112.010.21.0054 de enero 31 de 2020 en el artículo 3, cumpliendo con los términos establecidos en el artículo 36 de la Resolución No. 0100.24.03.18.002 del dos (2) de febrero de 2018 emitida por la Contraloría General de Santiago de Cali, es decir dentro de los dos (2) días hábiles siguientes, sin presentar una justificación legal para no hacerlo dentro del término.
De igual forma, con tres (3) meses de suspensión este Ministerio Público sancionó en primera instancia al Comisario de Familia Óscar Dávalos Muriel, en este fallo, se calificó, la falta como grave con culpa grave, al dejar fenecer los términos y no fallar en cuatro meses los Procesos Administrativos de Restablecimiento de Derechos-PARD que cursaban en su Despacho, vulnerando lo establecido en el parágrafo segundo del artículo 100 de la Ley 1098 de 2006.
Por último el pasado 6 de noviembre de 2020, se sancionó en primera instancia con un (1) mes de suspensión a la exsubsecretaria de Mejoramiento Integral y Legalización, adscrita a la Secretaría de Vivienda Social y Hábitat, Liliana Arango Arce, en este fallo, el Ministerio Público, calificó la falta como grave a título de culpa grave, estableciendo que la investigada tuvo al servicio de la entidad una persona desarrollando actividades de apoyo, sin vínculo contractual.
Jueves, Noviembre 12 de 2020