Personería Santiago de Cali

El Control Social se encuentra soportado con un sólido fundamento legal en el ordenamiento jurídico colombiano:

• Constitución Política de 1991 (Arts. 1, 2, 40, 103 y 270): Establece el derecho fundamental a la participación ciudadana y delega en la comunidad la vigilancia de la administración pública.

• Ley 1757 de 2015: Define las reglas de juego para incentivar y proteger el ejercicio de la participación democrática.

• Ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción): Reúne las directrices para garantizar la visibilidad, la ética y el control en el uso de los recursos públicos.

• Ley 850 de 2003: Dicta las pautas y reglas para la conformación y operación de las veedurías ciudadanas.

• Ley 489 de 1998: Regula la estructura, principios y lineamientos operativos de las instituciones estatales.

Mecanismos y Herramientas de Control

Para facilitar la auditoría ciudadana a la gestión pública, la Personería Distrital de Cali dispone en su portal web oficial los siguientes datos e instrumentos de consulta:

• Cronograma y detalle de compras (Plan Anual de Adquisiciones).

• Metas y lineamientos de la entidad (Plan Estratégico Institucional – PEI).

• Reportes de gasto y uso del dinero público (Ejecución Presupuestal).

• Procesos de contratación en curso y finalizados.

Competencia Institucional

La Personería Distrital de Cali actúa exclusivamente como un ente de control y protección. Por lo tanto, no ejecuta obras, proyectos de inversión ni programas sociales de forma directa. Su misión se concentra en auditar el cumplimiento de las entidades públicas y dotar de herramientas a los ciudadanos para que ejerzan su derecho al control social.

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