• Constitución Política de 1991 (Arts. 1, 2, 40, 103 y 270): Establece el derecho fundamental a la participación ciudadana y delega en la comunidad la vigilancia de la administración pública.
• Ley 1757 de 2015: Define las reglas de juego para incentivar y proteger el ejercicio de la participación democrática.
• Ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción): Reúne las directrices para garantizar la visibilidad, la ética y el control en el uso de los recursos públicos.
• Ley 850 de 2003: Dicta las pautas y reglas para la conformación y operación de las veedurías ciudadanas.
• Ley 489 de 1998: Regula la estructura, principios y lineamientos operativos de las instituciones estatales.
Para facilitar la auditoría ciudadana a la gestión pública, la Personería Distrital de Cali dispone en su portal web oficial los siguientes datos e instrumentos de consulta:
• Cronograma y detalle de compras (Plan Anual de Adquisiciones).
• Metas y lineamientos de la entidad (Plan Estratégico Institucional – PEI).
• Reportes de gasto y uso del dinero público (Ejecución Presupuestal).
• Procesos de contratación en curso y finalizados.
La Personería Distrital de Cali actúa exclusivamente como un ente de control y protección. Por lo tanto, no ejecuta obras, proyectos de inversión ni programas sociales de forma directa. Su misión se concentra en auditar el cumplimiento de las entidades públicas y dotar de herramientas a los ciudadanos para que ejerzan su derecho al control social.