La Personería Distrital de Santiago de Cali, profirió fallo de primera instancia con sanción de cuatro (4) meses a Argemiro Cortés Buitrago, Secretario de Desarrollo Económico del Distrito de Santiago de Cali, por violación de los principios de contratación (Ley 80 de 1993), que establece que los pliegos de condiciones o términos de referencia, no pueden ser elaborados en forma incompleta, ambigua o confusa.
En el proceso contractual, cuyo objeto era “Brindar apoyo logístico a la Secretaría de Desarrollo Económico en el proceso de fortalecimiento a cincuenta (50) unidades productivas caracterizadas del Plan Jarillón en el marco del proyecto “Implementación de una estrategia de generación de ingresos de unidades productivas de la zona de mitigación del Jarillón del río Cauca de Santiago de Cali”.
Este órgano de control calificó la conducta del investigado como grave a título de culpa grave.
De igual forma se sancionó, en primera instancia con suspensión de siete (7) meses a la Secretaria de Bienestar Social del Distrito de Santiago de Cali, Fabiola Perdomo Estrada, por violación a los principios de contratación estatal, transparencia y selección objetiva.
Contrato que tuvo por objeto la prestación del servicio logístico para el cargue, transporte, descargue y distribución de ayudas alimentarias y bonos multicompra dentro del marco legal que se estableció para la emergencia sanitaria provocada por el COVID19.
El órgano de control calificó la conducta de la implicada como grave a título de culpa grave.
Contra estas dos (2) decisiones proferidas procede recurso de apelación
Viernes, Diciembre 11 2020