La Personería Distrital de Santiago de Cali celebra la decisión adoptada por la Directora del Departamento Administrativo de Gestión del medio Ambiente – DAGMA, Francy Restrepo Aparicio de exigir al Director de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos Municipales – UAESPM, Marco Aurelio Vera, acciones concretas tendientes al traslado y cierre definitivo de la estación de transferencia provisional de la carrera 50.
Como antecedentes es necesario recordar que, mediante sentencia de primera instancia proferida por el Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Cali, No. 118 del 23 de agosto del 2010, confirmada por Sentencia de Segunda Instancia, emanada del Tribunal Contencioso Administrativo del Valle del Cauca, del 4 de febrero del año 2011, se ordenó al Alcalde del Municipio de Santiago de Cali, hoy Distrito Especial:
“(…) a más tardar dentro de los seis (6) meses siguientes a la ejecutoria de este fallo, seleccione y habilite un sitio definitivo donde, acorde con las normas que rigen la materia, se pueda efectuar la disposición final de los escombros que se están arrojando al espacio físico ubicado en la carrera 50 con Autopista Simón Bolívar de esta ciudad. Así mismo y dentro del mismo término, proceda a disponer lo necesario para la limpieza total y definitiva de escombros en el mencionado lote (…)”
A pesar de lo anterior, a la fecha, la estación de transferencia provisional de residuos de construcción y demolición aún continúa funcionando, generando impactos ambientales y a la salud de quienes habitan en sus inmediaciones.
Cabe recordar que, en atención a las reiteradas quejas ciudadanas por la continua colmatación de la estación, y que generan afectaciones tales como dispersión de residuos sobre zonas peatonales y vehiculares, ocupación con residuos del parque lineal de la carrera 50 y la intervención de la franja forestal protectora del canal interceptor sur, este Órgano de Control ha emitido Acciones Preventivas dirigidas al DAGMA y a la UAESPM, con el fin que realicen intervenciones inmediatas tendientes a su descolmatación:
• Acción Preventiva con destino a UAESPM – Oficio No. 20202200299291 de 26 de noviembre de 2020
• Acción Preventiva con destino a DAGMA – Oficio No. 20202200299281 de 26 de noviembre de 2020
• Visita de verificación el día 1 de octubre de 2021, donde se pudo constatar el alto grado de colmatación de RCD en la estación.
• Acción Preventiva con destino a UAESPM – Oficio No. 20212200306291 de 1 de octubre de 2021
• Incidente de desacato de la sentencia No. 118 del 23 de agosto del 2010 ante el Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Cali
• Visita de verificación el día 29 de abril de 2022 en la que se pudo constatar afectaciones a la franja forestal protectora del Canal Interceptor Sur
Así mismo, el pasado 22 de abril de 2022, este ente de control requirió al Departamento Administrativo de Gestión del medio Ambiente – DAGMA, que materialice la orden de cierre de la mencionada estación emitida mediante Resolución No. 4133.0.21.672-2016 de 1 de julio de 2016, en cumplimiento de la sentencia No. 118 del 23 de agosto del 2010 proferida por el Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Cali y confirmada por el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca.
Recientemente, se conoció que el Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente – DAGMA mediante oficio No. 202241330100019044 de 11 de mayo de 2022 al Director de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos Municipales – UAESPM, requirió el cronograma de las actividades tendientes al traslado y cierre definitivo de la Estación de Transferencia Provisional ubicada en la Autopista Simón Bolívar con carrera 50, teniendo en cuenta que se han adelantado las acciones suficientes para cumplir con el cierre definitivo de la misma, incluyendo la consecución de un punto limpio mientras se desarrolla el Parque Ambiental y Tecnológico de Residuos Sólidos de la ciudad.
El Personero Distrital de Santiago de Cali, Harold Andrés Cortes Laverde señaló que “lo anterior pone fin a uno de los pasivos ambientales históricos de la ciudad, es una vergüenza que a pesar de los años, las autoridades hayan tolerado el funcionamiento de esta estación con los consecuentes impactos ambientales y a la salud pública que viene generando. Continuaremos nuestro ejercicio de control para que se garantice la materialización del cierre definitivo de la mal llamada escombrera de la 50, y celebraremos con todos los habitantes de la ciudad el momento de su cierre”.
El funcionario agregó que esta decisión implica el ejercicio efectivo de autoridad por parte del DAGMA y la obligación de las autoridades del Distrito de Santiago de Cali, de acatar las ordenes administrativas y judiciales vigentes, promoviendo el orden jurídico y el respeto por la legalidad.
Martes, Mayo 24 de 2022