Personería Santiago de Cali

La Personería de Cali emite acción preventiva a la Administración Distrital en aras de proteger el derecho a la salud ante el desarrollo de la denominada verbena popular del barrio Ulpiano Lloreda

En el marco del seguimiento especial realizado a los eventos de la Feria de Cali y festividades de fin de año en defensa del medio ambiente, la salud y el orden público en la ciudad, la Personería Distrital evalúa también a las medidas adoptadas por la administración distrital para permitir el desarrollo de la denominada verbena popular del Barrio Ulpiano Lloreda a llevarse a cabo desde el día 31 de diciembre de 2021 hasta 1 de enero de 2022.

De acuerdo con los boletines epidemiológicos emitidos por la Secretaria de Salud Pública Distrital, en la primera semana de diciembre se reportaron diariamente un promedio de 100 casos positivos de Covid-19, mientras que a corte 29 de diciembre se registraron cifras de contagio superiores a los 1000 casos positivos diarios, situación que genera alarmas en el ente de control.

Por lo anterior, y con el propósito de garantizar las medidas de orden público en la verbena popular del barrio Ulpiano Lloreda de Santiago de Cali, en el marco de la emergencia sanitaria vigente en el país, la Personería Distrital de Santiago de Cali emitió acciones preventivas a la Secretaría de Salud Pública y a la Secretaría de Seguridad y Justicia.

“Es preocupante que la Administración Distrital autorice la realización de la denominada verbena popular del barrio Ulpiano Lloreda, la cual, como se ha visto en años anteriores, puede superar los 20.000 asistentes, quienes se aglomeran en la vía pública, convirtiéndose en un escenario propicio para la proliferación del Covid-19, situación que exige la adopción de medidas eficaces para evitar su propagación” señaló Harold Andrés Cortés Laverde, Personero Distrital de Santiago de Cali.

El funcionario agregó que se interviene de manera preventiva en aras de promover la garantía del derecho humano a la salud, la cultura de la prevención vital y minimización del riesgo, ante la evidencia de encontrarnos en un pico de contagio del Covid – 19.

Alcance de la Acción Preventiva

  • Promover en el marco de sus competencias una cultura de la prevención vital y minimización del riesgo de contagio del Covid – 19 y coadyuve al acatamiento de las directrices emanadas por las autoridades nacionales de salud para mitigar el riesgo de contagio.
  • Adoptar las medidas administrativas y operativas a que haya lugar con el fin de garantizar el cumplimiento de las normas e instrucciones para el mantenimiento del orden público en virtud de la actual emergencia sanitaria por contagio del Coronavirus, en el marco de la Verbena Popular del barrio Ulpiano Lloreda.
  • Allegar de manera inmediata un informe en el que se especifiquen los elementos de carácter técnico y jurídico que sustentó la autorización de la Verbena Popular del barrio Ulpiano Lloreda en el marco de la actual emergencia sanitaria que vive el país.

Viernes, Diciembre 31 de 2021