En el mundo, gran parte de los niños, niñas y adolescentes (NNA) son y han sido utilizados por grupos armados en el marco de los conflictos. Esta población, en un sinnúmero de formas es reclutada para realizar diferentes roles y funciones de apoyo, desde ser combatientes activos, hasta llegar al menoscabo de su integridad en ser usados con frecuencia a cumplir propósitos sexuales. Todas estas acciones en contra de esta población, han merecido el repudio de la sociedad y la preocupación de la Personería Distrital de Santiago de Cali.
Es por ello que, con la expedición del Protocolo Facultativo Relativo a la Participación de Niños en los Conflictos Armados, el 12 de febrero del 2002 y con motivo de su difusión, cada año los países firmantes de la Convención de los Derechos del Niño, del cual Colombia hace parte, conmemoran el “Día de las Manos Rojas” o también conocido como el “Día Internacional contra el Uso del Niño Soldado”.
Del mismo modo, en el año 2001 el Estado colombiano aprobó la Ley 704, por medio de la cual se aprueba el “Convenio 182 sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación”, el que consagra como una de las peores formas de trabajo infantil, “el reclutamiento forzoso de niños menores de 18 años para ser utilizados dentro del conflicto armado”. De la misma manera, ordena tomar todas las medidas para impedir ese reclutamiento, y utilización, con inclusión de la adopción de las medidas legales necesarias para prohibir y castigar esas prácticas; esto en consecuencia a la normalización de las actividades por parte de sectores menos favorecidos y con altos índices de vulnerabilidad, que permiten dicho ilícito con la idea de un ingreso económico y estabilidad segura.
Sin embargo, a pesar de contar con una estructura normativa que protege a NNA en Colombia, las cifras de vulneración de sus derechos por el delito de reclutamiento, han sido de gran preocupación para la Personería Distrital de Santiago de Cal.
En 60 años aproximadamente de guerra en Colombia, 17.778 niños, niñas y adolescentes fueron reclutados y utilizados por los grupos armados legales e ilegales, según cifras del Observatorio de Memoria y Conflicto (OMC) del Centro Nacional de Memoria Histórica. El 25,89% corresponde a niñas y adolescentes mujeres, mientras que el 71,27% a niños y adolescentes hombres. El Observatorio afirma que de ese total, 4.857 pertenecieron a las guerrillas y 1.581 a los paramilitares[1]. El reclutamiento de NNA hoy por hoy, no sólo tiene relación directa con el conflicto armado, ya que se hace evidente la dinámica de uso y aprovechamiento de extrema vulnerabilidad de esta población, por parte de diferentes grupos delincuenciales organizados, seduciéndolos a abandonar sus actividades y normal desarrollo en busca de asumir cargas que no les corresponden, como las de contribuir a la economía familiar, limitando consigo el ejercicio de sus más básicos derechos, como aquellos consagrados en la constitución política colombiana (artículo 44).
Para la Personería Distrital de Santiago de Cali, es evidente que sigue siendo una constante en el país su reclutamiento y utilización continúa, convirtiéndose esto en una práctica sistemática a pesar de los avances en materia de construcción de paz y seguridad e iniciativas públicas y privadas para evitar la vulneración de derechos de esta población de especial protección.
En Colombia, debido a la gravedad del delito y a su absoluta comisión en el anonimato, se carece de cifras sólidas y consistentes, ya que no ha sido posible para ninguna entidad nacional e internacional conocer con exactitud o contar con un estimado real sobre el número de NNA, vinculados con grupos armados ilegales, acarreando consigo el impedimento de realizar a cabalidad y de manera exhaustiva, un minucioso seguimiento de los casos en las diferentes agendas nacionales y locales, pero pese a dicha univocidad en la cantidad de NNA que han sido reclutados, las cifras son de igual manera desde cualquier punto de vista desolador.
Desde la Personería Distrital, se han identificado dificultades para el registro de los casos, debido a la falta de denuncia, bien sea por desconocimiento de la atroz vulneración de derechos humanos que viven los NNA, como a la normalización de dichas actividades, ya que desde muy pequeños aprenden que hay que callar; que reclamar los convierte en “objetivo” de ataques, y que se deben obedecer las estrictas reglas de convivencia que imponen los grupos armados ilegales y las bandas criminales organizadas que operan como autoridad en sus municipios[2]; en otras palabras, se debe a los obstáculos normativos, políticos, económicos y sociales que impiden a los NNA acceder a la justicia y a su protección..
Cifras reportadas por la organización “Coalición contra la vinculación de niños, niñas y jóvenes al conflicto armado en Colombia – COALICO”, afirman que durante el año 2020 por lo menos 222 NNA fueron víctimas del delito de reclutamiento; y que con corte al veinte (20) de diciembre del año en mención, 23 de las 54 alertas tempranas emitidas por la defensoría del pueblo, tuvieron relación directa con el riesgo de reclutamiento a NNA.
Asimismo, el “Sistema de Información del Programa de Atención Especializado para el Restablecimiento de derechos a NNA, Víctimas del reclutamiento ilícito que se Desvincularon de los Grupos Armados al Margen de la Ley”, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), muestra el número de niños y niñas desvinculados y atendidos por el Programa. Según cifras de este sistema, en el año 2020 en el departamento del Valle del Cauca, hubo desvinculación de NNA de los diferentes grupos armados de 4 menores de edad, 3 en el Municipio de Florida y 1 en Jamundí.
Ahora bien, según las estadísticas del Registro Único de Víctimas (RUV) de la Unidad para la atención y reparación integral para las víctimas, se puede entrever que a nivel regional con corte al 31 de diciembre de 2020, hay un índice de 264 niños, niñas y adolescentes víctimas de reclutamiento infantil ilícito, y a nivel de Santiago de Cali un aproximado de 67 casos.[3]
Siendo consecuentes con lo regulado en la ley 1448 de 2011, artículo 251, parágrafo, “los distritos y los municipios deberán diseñar, implementar, hacer seguimiento y evaluación a sus políticas, planes, programas y proyectos, teniendo en cuenta los diferentes hechos victimizantes, la participación de las víctimas, el enfoque diferencial y el goce efectivo de los derechos de la población víctima”.
A nivel de ciudad, en la Personería Distrital de Santiago de Cali, durante el año 2020 fueron recibidos por desvinculación de grupos armados cinco (5) casos de NNA, y en lo que lleva del 2021, contamos con un (1) registro.
Por lo anterior, en el marco de este día, la Personería Distrital de Santiago de Cali exhorta al Estado, a sus diferentes instituciones y a sociedad civil, a replantear la visión del problema, desde una óptica más real que formal, ejecutando acciones estratégicas que incentiven no sólo a una reacción coherente conforme a la dinámica social actual, sino a la efectiva y célere atención, frente al hecho victimizante del reclutamiento infantil, ya que en el momento de atender un caso de reclutamiento ilícito, debe saberse abordar para cumplir con las obligaciones estatales adquiridas.
Para el Personero Distrital de Santiago de Cali Harold Andrés Cortés Laverde, el fortalecimiento de los mecanismos de protección nacional y local para los niños, niñas y adolescentes, basados en componentes de detección, prevención, atención y rehabilitación para lo concerniente al reclutamiento infantil, se hace en extremo necesario, en atención al principio del Interés superior del niño consagrado en la “Convención sobre los Derechos del Niño”.
La construcción de elementos basados en la multidiciplinariedad en miras de una protección integral, inclusiva y sostenible de coordinación articulada con las diferentes entidades encargadas primordialmente de tal fin, va a permitir no sólo una regulación y seguimiento efectivo de la comisión del delito y los índices a los que nos estamos enfrentando, sino el hecho de contar con la posibilidad de remitir a la víctima en el centro de atención correspondiente; mejorando así los servicios de protección, optimizando los recursos disponibles en cada localidad, sin incurrir en prácticas de revictimización con los NNA beneficiarios de dicha atención.
En diferentes espacios, la Personería Distrital de Santiago de Cali, ha solicitado a la Administración Municipal la necesidad de estructurar el Comité para la Prevención del Reclutamiento, uso y utilización de NNA; conformar el equipo de atención inmediata para la atención de casos de reclutamientos; definir una ruta interinstitucional para la atención y protección de NNA víctimas de reclutamiento en todas sus formas; incluir el reclutamiento como una acción a prevenir desde los entornos escolares.
Finalmente, como consecuencia de tal suma de esfuerzos y las de generar espacios de educación, para la sensibilización, prevención y acción, desde la Personería Distrital de Santiago de Cali, a través de sus acciones de seguimiento sobre el estado de reclutamiento de NNA, recalcamos la vital importancia de convertir en unos de los mayores objetivos de las agendas locales, en la búsqueda constante de la mejora de los sistemas descentralizados de protección de los NNA víctimas de este delito, el potenciar las diferentes redes de las entidades que promueven la detección, articulación y vigilancia de los mecanismos de protección de restablecimiento de derechos de los niños, niñas y adolescentes.
Del mismo modo, en memoria del día mundial de “las manos rojas”, reiteramos nuestro compromiso con la defensa y restablecimiento de derechos de esta población de especial protección de la ciudad.
[1] Daniel Sarmiento. (2019). La escuela es fundamental para que niños y niñas no se vinculen a la guerra. 2021, febrero 11, de Centro Nacional de Memoria Historica Recuperado de https://centrodememoriahistorica.gov.co/tag/reclutamiento-forzado/
[2] Sobre órdenes autoritarios en las regiones, véase Ferro, J.G. y Uribe, G. (2002), El Orden de la guerra: Las FARC-EP entre la organización y la política, Bogotá: Centro Editorial Javeriano; Richani, N. (2002), Systems of Violence: The Political Economy of War and Peace in Colombia, Albany: State University Press of Nueva York; Romero, M. (2003), Paramilitares y autodefensas 1982-2003. Bogotá: Planeta y IEPRI; Cubides, F. (2005), Burocracias armadas: El problema de la organización en el entramado de las violencias colombianas, Bogotá: Editorial Norma.
[3] Registro Único de víctimas. (2021). Consulta por Dirección Territorial. 2021, febrero 11, de Unidad para la atención y reparación integral a las victimas Recuperado de https://www.unidadvictimas.gov.co/es/registro-unico-de-victimas-ruv/37394
Jueves, Febrero 11 de 2021